miércoles, 11 de julio de 2018

Día Mundial de la Población: La planificación familiar es un derecho humano



Por Bertha Sola/UN/ONU

Los padres tienen el derecho humano básico de determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos.
Los servicios de planificación familiar no deben restringirse.

El Consejo de Administración del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo estableció en 1989 el Día Mundial de la Población, con el que se pretende centrar la atención en la urgencia e importancia de las cuestiones relativas a la población. El interés nació de la celebración el 11 de julio de 1987 del «Día de los cinco mil millones».
En este momento la población mundial es de 7,625,099,463 pobladores y cada minuto aumenta. En  México según datos del INEGI, la población total es de 123.5 millones de personas.
Este año, la conmemoración se centra en el reconocimiento de la planificación familiar como derecho humano, se cumplen 50 años de la Conferencia Internacional de Derechos Humanos de 1968, cuando la planificación familiar fue reconocida mundialmente, por primera vez, como un derecho humano. El documento final de la conferencia, titulado la Proclamación de Teherán, declara inequívocamente que: "Los padres tienen el derecho humano básico de determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos".
Tras esta declaración, se empezó a tomar conciencia de que las mujeres y las niñas no tienen que sufrir el agotamiento ni el peligro de los embarazos demasiado numerosos y muy juntos. Los hombres y las mujeres tienen el derecho de elegir la frecuencia con la que quieren tener hijos, o incluso renunciar a tenerlos. Todo individuo tiene derecho a determinar la dirección y el alcance de su futuro.

Nueve estándares para ejercer el derecho humano a la planificación familiar

·         Sin discriminación: La información y los servicios de planificación familiar no deben restringirse por motivos de raza, sexo, idioma, religión, afiliación política, origen nacional, edad, situación económica, lugar de residencia, discapacidad o estado civil.
·         Disponibilidad: La información y los métodos anticonceptivos deben estar disponibles en cantidad y variedad suficiente para todos.
·         Accesibilidad: Los países deben garantizar que los productos y servicios de planificación familiar sean accesibles físicamente y asequibles para todos.
·         Aceptabilidad: La información y servicios de métodos anticonceptivos deben proporcionarse de manera digna, respetando tanto la ética médica moderna como la cultura de las personas que reciben atención.
·         Calidad: La información sobre planificación familiar debe comunicarse claramente y ser científicamente precisa.
·         Toma de decisiones: La asesoría integral en materia de reproducción permite que cada persona tome decisiones con la información necesaria, de forma independiente, sin presiones, coerción o tergiversación y rechaza opciones inapropiadas.
·         Privacidad y confidencialidad: Todas las personas deben disfrutar del derecho a la privacidad cuando buscan información y servicios de planificación familiar.
·         Participación: Los países tienen la obligación de garantizar la participación activa e informada de las personas en las decisiones que los afectan, incluidos los problemas de salud.
·         Responsabilidad: Los sistemas de salud, los sistemas educativos, los líderes y los legisladores son responsables de los esfuerzos para hacer realidad el derecho humano a la planificación familiar.