viernes, 10 de agosto de 2018

Si contrató un servicio bancario, busque si hay cláusulas abusivas



La implementación de la Reforma Financiera del 2014 otorgó facultades a la Condusef para sancionar y multar a entidades que incurran en esto.


Ángel Ortiz
El Economista
Cuando adquiere un producto o servicio con algún banco o entidad financiera, ya sea un crédito de nómina, algún seguro o tarjeta de crédito, es importante que lea con detenimiento todo el contrato que se le entrega, debido a que, si no cuenta con el conocimiento de las cláusulas del producto que solicita, podría generarle consecuencias negativas hacia su bolsillo. Un ejemplo claro es el caso de las cláusulas abusivas.
De acuerdo con Mario Di Costanzo, presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), una cláusula abusiva es “aquella que pone en desequilibrio o grado de indefensa a los usuarios que contratan algún producto financiero y eso puede traducirse en una pérdida de su patrimonio”.
Como consecuencia de la Reforma Financiera del 2014, la Condusef obtuvo facultades regulatorias y sancionadoras en este tema, con el objetivo de proteger a los usuarios.
Di Costanzo aseguró que desde que la reforma entró en vigor se han revisado 6,301 contratos en todo el sector financiero (bancos, seguros, uniones de créditos, sofipos, sofomes y socaps), de estos, 1,501 corresponden al sector bancario; sin embargo, el presidente del organismo mencionó que ya se aplicó la eliminación de dichas cláusulas, así como las sanciones correspondientes.
“Se han eliminado 1,486 y 108 están en el proceso de eliminación, es decir, la detección de éstas ha originado sanciones que se han aplicado en términos generales. Hasta ahora tenemos 1,594 sanciones que están en vía de aplicación (...) la más reciente fue con Banco Inbursa, donde a pesar de que ya se quitaron de los contratos, no exime que se le haya aplicado sanción de 1 millón 47,000 pesos”, agregó.
¿CÓMO SABER SI EXISTE ALGUNA?
La Condusef puso al servicio de todos sus usuarios el micrositio “Conoce y denuncia las Cláusulas Abusivas”, que permite identificar y revisar en qué situación podría encontrarse ante ellas y buscar un camino seguro para poder denunciar cualquier abuso de las entidades.
“En este micrositio (...) tenemos un listado de las principales cláusulas abusivas que existen en los contratos; incluso, si un cliente cree que se encuentra ante una y el micrositio no la tiene registrada, puede servir como un canal de denuncia para que la Condusef también tome cartas en el asunto”, añadió Di Costanzo.
El presidente de la Comisión aseguró que se le considera como una cláusula abusiva cuando se den tres factores al momento de contratar los servicios.
“Para que se pueda considerar como una cláusula de este tipo, se debe verificar que sean contratos de adhesión; que se refiera a cualquier término o condición distinta a tasas de interés o comisiones y que cause un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, en detrimento o perjuicio del usuario”.
CONÓZCALAS
Para Mario Di Costanzo es vital que el usuario denuncie con el gerente de la sucursal bancaria, dado el caso, si detecta alguna al momento de la contratación de su producto, pero si en el momento no pudo detectarla, puede acercarse a cualquiera de las delegaciones que la Condusef pone en servicio de los usuarios para darle seguimiento y solución a través de su Unidad Especializada de Atención a Usuarios que la eliminará de su contrato.
Dentro del sector bancario existen diferentes tipos de cláusulas que pueden afectar su bolsillo; por ejemplo, si usted contrata algún crédito de nómina, la Condusef tipifica como cláusula abusiva aquella que establezca como causal de vencimiento anticipado del crédito, la cancelación de la cuenta de depósito en la que el acreditado recibe su nómina.
Esto trae como afectación para el usuario que se dé por terminado el contrato si el acreditado cancela su cuenta de nómina relacionada al crédito.
Otro hecho que el organismo considera como cláusula abusiva es que el acreditado termina con la relación laboral existente al momento de la firma de su adquisición del producto, esto trae como consecuencia para el usuario que se termine el contrato si el acreditado renuncia o es despedido del trabajo que tenía al momento de otorgarle el crédito.
En el caso de las tarjetas de crédito, también tome en cuenta que se considera como un abuso cuando se establecen cargos de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo.
Mario Di Costanzo asegura que a ese abuso se le conoce como Cláusula de Compensación, y es una de las más denunciadas por los usuarios de las entidades bancarias.
“Si el banco, o en este caso el contrato, no está redactado y no indica el plazo y monto pero sí menciona lo que se cobrará, es abusivo”, alertó.
Además, si usted cuenta con una tarjeta de crédito debe saber que si dentro de su contrato se establece que los pagos anticipados o adelantados se aplican a discreción de la institución bancaria, también se trata de una cláusula bancaria, esto puede traer como resultado que la entidad aplique pagos anticipados a su voluntad.
VAN POR MÁS
Durante el pasado mes de julio, la Condusef puso a revisión 10 contratos instituciones bancarias, de las cuales se identificaron 36 cláusulas abusivas; de éstas, el organismo eliminó 13 y se encuentra en proceso de desaparecer 23.
Cifras de la Comisión arrojan que los bancos concentran 57% de las cláusulas abusivas de los sectores revisados y Banorte, Citibanamex, Inbursa y BBVA Bancomer agrupan 80% de éstas.
Debido a la gran cantidad de contratos que revisa, el organismo pidió a todos los usuarios que en caso de encontrarlas en otros contratos de productos que no están en su micrositio de cláusulas abusivas, den aviso para su pronta investigación.