El año pasado se mantuvo la tendencia
letal del 2017 cuando el país fue incluido en el cuarto lugar del mundo donde
se han producido más asesinatos de personas defensoras del medio ambiente; El
Estado mexicano debe apostar por la consolidación del Estado pluricultural y
ratificar el Acuerdo de Escazú cuanto antes para establecer una política
integral y eficaz para la protección efectiva de las personas defensoras
ambientales y la prevención de las agresiones.
En 2018, el
homicidio se colocó en primer lugar de las agresiones cometidas contra las
personas defensoras del medio ambiente en México, según se establece en
el Informe sobre la situación de las personas defensoras de los derechos
humanos ambientales, elaborado por quinto año consecutivo por el Centro
Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA).
México
continúa siendo un país muy peligroso para las personas defensoras de la
tierra, del medio ambiente y del territorio, ya que éstas siguen siendo víctimas
de agresiones como el homicidio, la criminalización, las amenazas y las
intimidaciones, entre otras. El año pasado se mantuvo la tendencia letal del
2017 cuando el país fue incluido en el cuarto lugar del mundo donde se han
producido más asesinatos de personas defensoras del medio ambiente.
El total de
agresiones registradas por el CEMDA entre el 2010 y el 2018 es de 440, de los
cuales 49 ataques ocurrieron en el 2018. A este respecto, es importante
precisar que un ataque puede incluir varias agresiones de diversos tipos. Por
otro lado, las agresiones registradas son una muestra ejemplificativa, puesto
que no todas las agresiones son denunciadas o registradas por medios públicos.
En cuanto al
tipo de agresiones, CEMDA registró en primer lugar al homicidio en el 25% de
los casos, en segundo lugar a la criminalización con el 19%, y, en tercer
lugar, a las amenazas y las agresiones físicas con el 17%, respectivamente. En
cuanto a las entidades donde ocurrieron las agresiones, Puebla fue el estado
que registró el mayor número, con un total de 8, seguido de Oaxaca y Chihuahua,
con 6, respectivamente. Respecto del tipo de víctima, de los 49 ataques
registrados, en el 89% de los casos las agresiones se cometieron directamente
contra personas en lo individual, 8% en contra de la comunidad y 3% en contra
de una organización de la sociedad civil.
El mayor
número de ataques ocurridos (9) tuvo que ver con proyectos de infraestructura;
seguido de 8 casos de despojo de tierra y territorio, así como 8 relacionados con
proyectos hidroeléctricos. La minería se ubicó en cuarto lugar con 6 ataques.
La gran mayoría de los ataques (37) se generó en el contexto de la disputa por
la tierra y el territorio.
Desafortunadamente,
es el propio Estado mexicano -quien debería ser el garante de los derechos
humanos de las personas defensoras del medio ambiente- quien se identificó como
uno de los principales agresores, en 19 de los ataques identificados. Las
autoridades estatales fueron señaladas en primer lugar como fuente de las
agresiones (13 casos), seguidas de las municipales (6 casos) y las federales en
5 casos. También, en 19 de los casos no fue posible identificar al agresor.
El Informe
2018 de CEMDA se enfoca particularmente en el tema de la criminalización contra
las personas defensoras ambientales, pues a lo largo de los años se ha
observado el uso indebido del sistema penal por parte del Estado mexicano para
perseguirlas. Entre 2013 y 2017 se registraron por lo menos 95 casos de
criminalización contra quienes defienden el medio ambiente. Estas agresiones
tienen el propósito de debilitar las acciones de promoción y defensa de los
derechos humanos ambientales frente a la implementación de megaproyectos de
desarrollo e infraestructura, tanto de empresas privadas como empresas
productivas del Estado mexicano que no respetan tales derechos.
Este tema se
ejemplifica en el Informe con el caso de las personas defensoras del territorio
de Cuetzalan, en la Sierra Nororiental de Puebla, quienes han sufrido
criminalización derivada de su protesta contra del proyecto de instalación de
una subestación eléctrica que pretende desarrollar en su territorio la Comisión
Federal de Electricidad (CFE). El hecho más grave en este caso ha sido el
asesinato de Manuel Gaspar Rodríguez, integrante del Movimiento Independiente
Obrero Campesino Urbano y Popular (MIOCUP), quien había sido señalado en la
denuncia que interpuso la CFE contra los defensores.
Frente a
este contexto de grave violencia que viven las personas defensoras ambientales
en el país, el pasado 27 de septiembre de 2018, México suscribió en la sede de
la Organización de las Naciones Unidas (ONU) el Acuerdo Regional sobre el
Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en
Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú). Es
fundamental que nuestro país ratifique e implemente cuanto antes dicho Acuerdo
a fin de que se pueda establecer una política pública integral y eficaz para la
protección adecuada de las personas defensoras ambientales y la prevención de
las agresiones.
Asimismo, es
urgente que el gobierno actual enfoque sus acciones a la consolidación del
Estado pluricultural, garantizando el derecho a la diferencia, a través del
cual los pueblos puedan mantener el control sobre sus elementos culturales y
naturales. Esto hace posible que se impulsen otras formas democráticas de toma
de decisiones que conllevan a generar condiciones para eliminar la violencia
estructural y simbólica del marco jurídico y la política pública mexicana que
durante años ha sido el escenario perfecto para la perpetración de las
agresiones contra personas defensoras ambientales.
Algunas
recomendaciones incluidas por CEMDA en su Informe 2018 son: a) Alinear y
armonizar el marco legal y las políticas públicas bajo un enfoque de derechos
humanos y el principio del Estado pluricultural; b) Implementar, en la
legislación ambiental y en las políticas públicas, la perspectiva de género; c)
Respetar el derecho a la autonomía, al territorio y al desarrollo propio de las
comunidades indígenas frente a megaproyectos de desarrollo; d) Garantizar
oportunamente el cumplimiento del derecho al consentimiento previo, libre e
informado de los pueblos y las comunidades e indígenas, así como a la
información y a la participación en proyectos de desarrollo que afecten de
manera significativa sus modos de vida; e) Implementar medidas como la
suspensión temporal de la obra y actividad hasta que se garanticen los derechos
de las comunidades indígenas; f) Revisar el contenido de los tipos penales que
facilitan la criminalización de las personas defensoras ambientales; g)
Suspender la implementación de un proyecto de desarrollo cuando existan
evidencias de ataques y agresiones contra las personas defensoras ambientales;
h) Realizar las evaluaciones de impacto social y ambiental en las primeras
etapas del proyecto, antes del otorgamiento de concesiones o permisos sobre el
recurso natural; i) Fortalecer el Mecanismo de Protección para las
Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, brindando presupuesto y
recursos materiales suficientes para que cumpla con su objetivo; así como
otorgar protección a colectivos que defiendan los derechos humanos ambientales;
j) Garantizar el derecho a la reparación integral del daño a las personas
defensoras por las agresiones y violaciones a sus derechos humanos; así como,
k) Atender y cumplir con las recomendaciones de los Procedimientos Especiales
de Naciones Unidas en la materia; entre otras.